VIAJES CON MASCOTAS

En Check in Viaggi queremos que viajes tranquilo y bien informado. Aquí encontrarás una guía con los requisitos generales para viajar con tu mascota, según las normas más comunes aplicadas por aerolíneas y países.

Sin embargo, es fundamental que siempre verifiques y confirmes la información directamente en los sitios oficiales de cada país, embajadas, consulados o autoridades sanitarias, ya que las regulaciones pueden cambiar en cualquier momento.

VIAJE CON MASCOTAS EN VUELOS NACIONALES (VENEZUELA) – Check in Viaggi

INGRESO CON MASCOTAS A VENEZUELA – Check in Viaggi

INGRESO DE MASCOTAS A ESTADOS UNIDOS – Check in Viaggi

Importante:
En Check in Viaggi no gestionamos permisos, trámites ni documentación para viajes con mascotas.
Nuestro servicio se enfoca en la venta de boletos aéreos y asesoría básica.
Tú puedes viajar feliz con tu mascota, pero la gestión de documentos y requisitos debe realizarla directamente el pasajero.

INGRESO DE MASCOTAS A COLOMBIA

  • Debes contar con un certificado sanitario original que demuestre que tu animal es apto para ser transportado. Su vigencia no debe superar los 10 días calendario y debe constar que tu mascota se encuentra libre de enfermedades infectocontagiosas y parasitarias. De igual manera, se debe mencionar que no presenta heridas frescas o en proceso de cicatrización. También, se debe especificar la especie, identificación, raza, sexo, edad y pelaje del animal, el plan de vacunación y el certificado de vacunación emitidos por un veterinario que indique su número de matrícula profesional.
  • Las mascotas provenientes de los Estados Unidos, que vuelen hacia Colombia, deben contar con un certificado sanitario sellado y firmado por Animal and Plant Health Inspection Service USDA – APHIS, entidad oficial de Salud Animal de U.S.A.
  • Si tu vuelo es desde España, tendrás que presentar el Certificado de Exportación del reino de España para cualquier tipo de mascota. Este documento será exigido en tu llegada a Colombia.

Encuentra mas detalles sobre

INGRESO DE PERROS Y GATOS A COLOMBIA en:
https://www.ica.gov.co/importacion-y-exportacion/otros-procedimientos/requisitos-para-importar-mascotas/ingreso-de-perros-y-gatos-a-colombia 

MASCOTAS EN TRANSITO EN COLOMBIA

Atentamente le informamos que para los animales en tránsito al momento de ingreso al país, el ICA aplicará la RESOLUCIÓN No.100164 (07/07/2021) “Por la cual se establecen los requisitos sanitarios para el ingreso y salida del país de perros y gatos como animales de compañía o con destino comercial y se dictan otras disposiciones.
ARTÍCULO 9. TRÁNSITO DE ANIMALES. Para los perros y gatos en tránsito, al momento de ingreso al país, el interesado deberá presentar al funcionario ICA (oficina ubicada en el Muelle Internacional del aeropuerto El Dorado, (horario de atención de lunes a domingo las 24 horas del dia), el certificado sanitario emitido por el servicio veterinario oficial del país de origen, especificando el país de destino final. Se procederá autorizar el tránsito mediante la refrendación del certificado sanitario con firma y sello oficial (sin costo). Para la salida de dichos animales del territorio nacional, no se requerirá la expedición del CIS, éstos viajarán con la documentación soporte del país de origen y la refrendación ICA.

 PARÁGRAFO. La duración máxima de tránsito de un perro o gato no podrá ser superior a tres (3) días contados a partir de su ingreso al país, en caso contrario, el usuario deberá cumplir con los requisitos sanitarios establecidos en el artículo 7 de la presente Resolución y tramitar el correspondiente CIS para su salida.

Para información adicional, favor comunicarse:
Oficinas Nacionales del ICA – Dirección Técnica de Cuarentena
Carrera 68 A N° 24B – 10 Edificio Plaza Claro Torre 3
Telefono (601) 7563030 Ext. 3452
cuarentena.animal@ica.gov.co

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA)

Sede principal
Correspondencia y Atención al Ciudadano: Avenida Carrera 20 # 83-20, edificio NeoPoint 83, Bogotá, D.C. – Colombia
– Horario de Atención Presencial: Lunes a Viernes 7:30 a.m. – 4:30 p.m. Jornada Continua.
– Teléfono Conmutador: (+57)-601-794-4492
– Linea gratuita Nacional: 01-800-5190555
Línea Anticorrupción: 01-800-5190555
Código postal para la República de Colombia: 110221
Número de identificación tributaria (NIT): 899.999.069-7
Oficina Aeropuerto Internacional El Dorado – Bogotá D.C.: (+57)-601-794-4492 Ext. 1901
Correo Institucional: contactenos@ica.gov.co
Correo de notificaciones judiciales: notifica.judicial@ica.gov.co
Denuncias por actos de corrupción RITA: soytransparente@ica.gov.co

https://www.ica.gov.co/importacion-y-exportacion/otros-procedimientos/requisitos-para-importar-mascotas/transito-de-mascotas 

INGRESO DE MASCOTAS A ESPAÑA

Para introducir un animal de compañía desde un país tercero, deberá entrar con su animal de compañía a través de uno de Lista PUNTOS ENTRADA VIAJEROS 02/08/2024 de viajeros designados, y declarar al Resguardo Fiscal de la Guardia Civil que viaja con un animal de compañía, presentando la documentación del mismo.

En aquellos casos en los que no se disponga de pasaporte europeo para el movimiento de animales de compañía, los animales deberán venir acompañados por:

• Un certificado zoosanitario, que deberá ir firmado por un veterinario oficial del país tercero, y presentarse al menos en castellano.
•  y una declaración, ambos conforme a los modelos de la UE.
• Copia certificada (ver preguntas frecuentes) de los datos de identificación y vacunación del animal/animales.

Modelo de certificado y declaración en español/inglés:

Modelo de certificado (Válido a partir del 01/11/2019) 

Además, su mascota deberá:
–  Estar identificada con un microchip, o tatuaje (si éste se hizo antes del 03/07/2011)
– Estar vacunada frente a la rabia con una vacuna válida en el momento de realizar el viaje.
– Si procede de un país no listado en el Anexo II del Reglamento (UE) 577/2013, haber sido sometida a un test serológico frente a la rabia (ver apartado 4) en un laboratorio autorizado. El Anexo II debe consultarse siempre en su versión actualizada en un enlace oficial. El acto se puede consultar en Reglamento (UE) 577/2013 , cuya actualización a fecha de 16/09/2024 se puede consultar en Actualización del Reglamento (UE) 577/2013 A 16/09/2024  

Encuentre mas detalles en: https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/desplazamiento-animales-compania/Viajar-perros-gatos-hurones.aspx 

 

VIAJE CON MASCOTA SALIENDO DESDE VENEZUELA

Para viajar con su Mascota, los trámites en Venezuela se hacen a través del Instituto Nacional de Salud Integral (INSAI). Exigencias sanitarias para la movilización de mascotas.

RECAUDOS PARA SOLICITAR CERTIFICADO DE INSPECCIÓN ZOOSANITARIO PARA CANINOS Y FELINOS

Permiso de Exportación de Caninos y Felinos. El cual debe ser solicitado por Internet y en la Oficina de INSAI Caracas.

  1. Certificado Nacional de Vacunación Antirrábica, emitido por Médico Veterinario Colegiado (Original y Fotocopia).
  2. Certificado de Salud Internacional emitido M.Vet Registrado en el Runsai (Original y Fotocopia).
  3. Tarjeta de Vacunación (Original y Fotocopia).
  4. En caso de viajar a la Unión Europea la Mascota debe poseer: Prueba de Anticuerpos Neutralizantes de la Rabia y Microchip (más de 12 dígitos).
  5. 6. Depósitos bancarios a nombre del INSAI de 5 unidades tributarias (Bs. S. 7.500,00) por la solicitud del permiso.

El tiempo del trámite es de 8 días hábiles con una vigencia del permiso por 30 días, desde su fecha de emisión.

N° de Cuentas Corrientes a nombre de INSAI (RIF. G200086327)

BANCOS PERMISOS PARQUE CRISTAL (5 UT) CERTIFICADOS AEROPUERTO (1/2 UT)
Agrícola de Venezuela 01660101291011045717 01660101201011045708
Bicentenario 01750044980070392361 01750044910070392373
Venezuela 01020552210000020116 01020552210000020035
Tesoro 01630903619033000466

 

RECAUDOS A ENTREGAR EN LA OFICINA INSAI CARACAS

Registrarse en el RUNSAI a través de la Página Web: www.insai.gob.ve
Deberá registrarse en la página del INSAI sistema RUNSAI.

  • Ingreso y manuales: Ir al sistema RUNSAI

Con respeto al ítem 1, en lo que refiere al Permiso de Exportación, los recaudos solicitados deben ir acompañados por la Planilla de Solicitud y la Carta de Solicitud del Permiso, que se imprime al dar click al número de Solicitud realizada en el sistema, consignar original y copia en las Oficinas de INSAI.
La taquilla del INSAI está ubicada en la dirección: 44 Av. FRANCISCO DE MIRANDA CON 3RA AVENIDA DE LOS PALOS GRANDES, Edificio Parque Cristal, Torre Oeste, piso 2 OFICINA 2-3 en la salida de la estación del Metro Parque Miranda. CARACAS. Teléfono: (0212) 286.61.44 / Horario de Atención a los usuarios a nivel nacional (excepto Nueva Esparta), es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:30 pm.. Para los usuarios que viajen al exterior del país desde La Isla de Margarita, deberán dirigirse a la oficina del INSAI, ubicada en el Aeropuerto Internacional “Santiago Mariño.

  • Al momento de viajar debe dirigirse con toda la documentación y la mascota a la Oficina de Exportación de Mascota ubicada en el Terminal Internacional, para la inspección física y emisión del Certificado de Inspección Zoosanitaria para mascotas, por esto debe consignar un depósito de 0.5 UT que equivale a (Bs. S. 600,00) en los bancos ya mencionados, con fotocopia.

Ubicación: Terminal Internacional, Nivel 2, área Pública, al lado de la Oficina de Salud Humana. Teléfonos: (0412-446.37.69 / 0414-923.40.68).

El INSAI autorizará la emisión del permiso luego de la revisión de los documentos consignados por la parte interesada, al personal técnico de la Dirección de Salud Animal Integral – INSAI. En caso de encontrarse alguna irregularidad en ellos, se le notificará inmediatamente a la persona o usuario que solicitó el servicio para hacer las correcciones del caso. Al momento de realizar la solicitud, colocar un número de teléfono de contacto del usuario.

NOTA: Cada mascota para viajes nacionales o internacionales debe ir en un kennel (jaula especial) nuevo o usado, en buen estado, lavado y desinfectado. El personal del INSAI y personal de la empresa de transporte inspeccionarán el kennel. La mascota irá en carga aérea o dentro del avión según especificaciones propias de cada empresa de transporte.

REQUISITOS PARA EMISIÓN DE PERMISOS DE EXPORTACIÓN DE MASCOTAS

– Tasa o depósito bancario a nombre del INSAI de 5 U.T por cada solicitud (Articulo 81 numeral 38 de la Ley de Salud Agrícola Integral).

– Original y Copia deCertificado de Salud Internacional Vigente, donde conste que el ejemplar a exportar, fue sometido a una evaluación y que para el momento de ésta, no presentaba signos ni síntomas de ninguna enfermedad infecto contagiosa. Para los países del MERCOSUR debe ser emitido 10 días antes del viaje.

– Original y Copia deCertificado Nacional de Vacunación Anti-Rábica Vigente, con un lapso de emisión mayor a 30 días continuos a la fecha del viaje y no mayor a un año de vigencia. Para los países del MERCOSUR cuando se trate de animales primovacunados contra la rabia, se autorizara el permiso una vez transcurridos veintiún (21) días desde la aplicación, en el caso de que el animal sea menor a tres (03) meses, el veterinario debe declarar que se encuentra libre de la enfermedad siempre y cuando no haya estado en zonas epidemiológicas.

– Original y Copia de la Tarjeta de Vacunación Vigente,donde conste la aplicación de vacunas, (Séxtuple en caso de Canino y la triple en Felino) e identificar el lote, fecha expiración, nombre del producto utilizado. (Exceptuando MERCOSUR).

– Original y Copia deConstancia de Desparasitación Interna y Externa Vigente, que contenga la identificación completa del producto utilizado y la fecha de aplicación del mismo. Para los países del MERCOSUR debe ser emitido 15 días antes del viaje.

– Aplicación de un MICROCHIP de identificación de 12 a 15 dígitos a mascotas que viajaran a la Unión Europea.

– Original y Copia del Examen de Anticuerpos Neutralizantes de la Rabia, para las mascotas que viajaran a la Unión Europea. El cual debe ser realizado en los Laboratorios de Referencia o Certificados por la OIE.

– Original y Copia de la Carta de Residencia, para la emisión del permiso única y exclusivamente para propietarios de mascotas que residan en las islas de ARUBA, BONAIRE, CURAZAO, TRINIDAD Y TOBAGO.

– Examen Coprológico, aplica solo para los países pertenecientes a MERCOSUR.

– Examen de descarte de Leishmaniosis, aplica solo para los países pertenecientes a MERCOSUR.

NOTA:

  • Los médicos veterinarios que emitan los certificados antes descritos, deben estar registrados ante el INSAI como profesionales.
  • Las mascotas menores a tres meses de edad, no pueden viajar a ningún país de la Unión Europea; esto debido a que caninos y felinos menores de tres (03) meses de edad no es vacunado contra la rabia

*El trámite de solicitud del permiso puede ser realizado por el usuario o una persona debidamente autorizada por escrito de parte del propietario o persona que va a viajar con la mascota.

*El permiso se emitirá a nombre de la persona con la que viaje la mascota.

*El INSAI autorizará la emisión del permiso luego de la revisión de los documentos consignados por la parte interesada, al personal técnico de la Dirección de Salud Animal Integral – INSAI. En caso de encontrarse alguna irregularidad en ellos, se le notificará inmediatamente a la persona o usuario que solicitó el servicio para hacer las correcciones del caso. Al momento de realizar la solicitud, colocar un número de teléfono de contacto del usuario.

*Cada mascota para viajes internacionales debe ir en un kennel (jaula especial) nuevo o usado, en buen estado, lavado y desinfectado. El personal del INSAI y personal de la empresa de transporte inspeccionarán el mismo. La mascota irá en carga aérea o en cabina según lo establezca la aerolínea.

*Los perros lazarillos tienen tratamiento preferencial debido a que son compañía de personas invidentes, en este caso resolver con la empresa de transporte.

Fuente: SVMI
https://www.insai.gob.ve/requisitos